Cómo cerrar una SAS inactiva en Colombia
Información educativa, no es asesoría legal ni tributaria. Las normas cambian; confirme con un abogado o contador público colombiano habilitado, y con un profesional tributario habilitado en su país de residencia y, cuando corresponda, un abogado habilitado en ese país.
Una sociedad colombiana no desaparece porque nadie la use. Una sociedad por acciones simplificada (SAS) sigue activa, con sus trámites y notificaciones, hasta que se termine y se registre una liquidación formal. Cerrarla exige varios pasos ante varias entidades: los accionistas, la cámara de comercio, la autoridad tributaria (DIAN) y la oficina de impuestos de la ciudad.
Esta guía no le dice qué aplica a su sociedad. Las primeras secciones usan fuentes oficiales. Lo que cuentan las personas en los grupos está en una sección aparte, más abajo.
Qué significa "inactiva" para la ley
"SAS inactiva" no es un estado legal. La sociedad existe, o está disuelta y liquidada. Según la Ley 1258 de 2008, una SAS se disuelve por varias causas. Dos de ellas son la voluntad de los accionistas (o la decisión del accionista único) y la orden de una autoridad competente (Ley 1258 de 2008, art. 34). La disolución por decisión de los accionistas surte efectos desde la fecha en que se registra el documento. No surte efectos desde la firma.
Disuelta no es lo mismo que cerrada. Una sociedad disuelta entra en liquidación. No puede iniciar nuevas operaciones. Solo puede hacer lo necesario para liquidarse. Su nombre debe llevar la expresión "en liquidación" (Código de Comercio, art. 222). La Superintendencia de Sociedades indica que agotar el procedimiento de liquidación extingue la sociedad (Superintendencia de Sociedades, capítulo de liquidación voluntaria). Una resolución de la DIAN explica que eso ocurre cuando se inscribe en el registro mercantil el acta que aprueba el inventario y la cuenta final (Resolución DIAN 140 de 2021).
Qué pasa si simplemente la deja quieta
La sociedad debe renovar la matrícula mercantil cada año, dentro de los tres primeros meses (Código de Comercio, art. 33). Además, cada año las cámaras depuran el registro. Una sociedad que no renovó en cinco años queda por ley disuelta y en liquidación. Quien demuestre un interés legítimo puede pedir a la Superintendencia de Sociedades (o a la autoridad competente) que designe un liquidador (Ley 1727 de 2014, art. 31). Eso es una disolución, no una salida limpia. Alguien todavía tiene que hacer la liquidación.
Pregunte a su contador qué debe todavía la sociedad por cada año que siguió en los libros. Las declaraciones de impuestos y los registros de impuestos locales (vea más abajo) son distintos de la renovación en la cámara.
La secuencia, paso a paso
Ninguna página oficial reúne todos estos pasos en un solo orden. El orden de abajo sale de los textos legales y de las páginas de las entidades enlazadas en cada paso. Confírmelo con la cámara de comercio y con la DIAN antes de apoyarse en él.
- Evalúe la situación. Obtenga en la cámara de comercio el certificado de existencia y representación legal. Pida al contador una lista de lo pendiente. Revise declaraciones, registros de impuestos municipales, cuentas bancarias, y bienes o contratos a nombre de la sociedad. Revise las cuentas de nómina o seguridad social si la sociedad tuvo empleados.
- Pague o registre lo que se debe. La ley fija el orden en que la liquidación paga a los acreedores. Por regla general, la sociedad no puede repartir nada a los accionistas mientras no pague las deudas con terceros. El artículo permite una excepción limitada (Código de Comercio, arts. 241 y 242).
- Decida disolver. Los accionistas deciden en la asamblea, o el accionista único decide por escrito. Inscriba la decisión en la cámara de comercio (Ley 1258, art. 34).
- Nombre al liquidador. En una SAS el liquidador es el representante legal o la persona que designe la asamblea (Ley 1258, art. 36). Inscriba el nombramiento. El liquidador tiene sus facultades solo desde la fecha de inscripción. Mientras tanto actúan quienes figuran inscritos como representantes legales (Código de Comercio, arts. 227 y 228).
- Avise a los acreedores. El liquidador debe informar a los acreedores que la sociedad está en liquidación. Publica un aviso en un periódico de circulación en el domicilio social. También fija el aviso en las oficinas de la sociedad (Código de Comercio, art. 232).
- Haga el inventario y pague. El liquidador relaciona activos y deudas. Cobra lo que le deben a la sociedad, vende bienes si hace falta y paga a los acreedores según la prelación legal (Código de Comercio, arts. 238 a 242).
- Reparta el remanente y apruebe la cuenta final. Lo que sobre se reparte entre los accionistas mediante un acta. El acta indica el nombre de cada accionista y lo que recibe. Si un accionista recibe un bien que exige escritura (como un inmueble), eleve a escritura pública la parte pertinente del acta (Código de Comercio, art. 247). Luego los accionistas aprueban las cuentas del liquidador (art. 248).
- Inscriba la cuenta final. Inscriba en la cámara de comercio el acta con el inventario y la cuenta final. Este paso pone fin a la sociedad (Resolución DIAN 140 de 2021).
- Cierre lo pendiente en impuestos y registros. Consulte a la cámara la cancelación de la matrícula mercantil. Consulte a la DIAN la cancelación del registro tributario (RUT). Consulte a la oficina de impuestos de la ciudad el impuesto local de industria y comercio (vea la sección siguiente).
La guía oficial da dos advertencias. Primero, la liquidación voluntaria es un proceso privado. Ninguna entidad del Estado la aprueba al final. El liquidador responde si se hace mal. Segundo, el inventario puede mostrar que la sociedad no tiene pasivo externo, y la sociedad puede liquidarse sobre esa base. La Superintendencia indica que, si luego se comprueba que sí existían obligaciones con terceros, los accionistas responden solidariamente ante esos acreedores hasta por cinco años desde la inscripción del inventario y la cuenta final (Supersociedades, capítulo de liquidación voluntaria).
Las entidades, una por una
Cámara de Comercio
La cámara registra la disolución, el liquidador y la cuenta final. Después cancela la matrícula mercantil. Pídale su lista vigente de documentos y tarifas para cada registro. No encontramos una cifra oficial única de tarifas, así que esta guía no da ninguna.
DIAN
La DIAN cancela el RUT a solicitud cuando una persona jurídica se liquida. La solicitud se hace de forma presencial con cita, o en línea (DIAN, preguntas frecuentes del RUT). La DIAN revisa que la sociedad haya cumplido todas las obligaciones que la DIAN administra. Su página indica que la sociedad no debe tener obligaciones pendientes con la entidad. El instructivo interno de la DIAN agrega que, antes de presentar la solicitud, el solicitante debe inhabilitar los números de facturas autorizadas que no haya usado y pagar las obligaciones fiscales. Para una sociedad inscrita en cámara de comercio, el funcionario consulta el certificado de existencia en el Registro Único Empresarial y Social (RUES). El certificado que el solicitante aporte debe estar vigente (DIAN, instructivo IN-CAC-0004). En una resolución de 2021, una dirección seccional de la DIAN razonó que la sociedad termina cuando se inscribe la cuenta final. Canceló de oficio el RUT de las sociedades liquidadas que la cámara de comercio reportó (Resolución DIAN 140 de 2021).
Consulte con el contador dos puntos más. Primero, la liquidación puede terminar durante el año. Entonces el Estatuto Tributario fija la fecha en que concluye el año fiscal de la sociedad. Según la sociedad, esa fecha es la aprobación del acta de liquidación o el último asiento de cierre de la contabilidad. Pregunte si corresponde una declaración final por ese periodo más corto (Estatuto Tributario, art. 595). Segundo, la DIAN ha dicho que una sociedad en liquidación debe seguir reportando a su beneficiario final en el registro de beneficiarios finales. En ese caso el beneficiario final es el liquidador. La DIAN dice también que ese reporte es requisito para cancelar el RUT (Concepto DIAN 6960 de 2024).
Oficina de impuestos de la ciudad (el "ICA" de las notificaciones)
En los trámites de las ciudades colombianas, "ICA" suele ser el impuesto de industria y comercio municipal. No es el instituto agropecuario que tiene las mismas siglas. Cada ciudad fija su propio proceso. Una página municipal sirve de ejemplo. Trata de la cancelación del registro de industria y comercio. Pide una carta de solicitud, el formulario de registro tributario diligenciado y prueba de que la actividad cesó. Exige cancelar antes el registro en la cámara de comercio y estar a paz y salvo con la ciudad. La solicitud se hace de forma presencial, sin costo, con un tiempo de respuesta de cuatro meses (un ejemplo de Medellín: Medellín, cancelación del registro de contribuyentes de industria y comercio). En otra ciudad las reglas pueden ser distintas.
Nómina y ARL
Si la sociedad llegó a tener empleados, pida al contador que confirme que las cuentas de nómina, seguridad social y administradora de riesgos laborales (ARL) están cerradas y al día. No encontramos una página oficial con los pasos de cierre. Consulte con la ARL o con el contador.
Si la SAS tiene un inmueble o inversión extranjera
Entregar un inmueble a un accionista en la liquidación exige escritura. La escritura tiene sus propios costos. Pregunte también por los impuestos. Vea los costos de cierre en Colombia y nombre propio o SAS para comparar las dos formas de tener un inmueble. Si dinero extranjero se registró como inversión en el capital de la sociedad, el registro se cambia o se cancela por separado. Vea cómo registrar su inversión extranjera y el Formulario 4. Su país de residencia puede tener reglas propias de reporte sobre una sociedad extranjera de la que usted es dueño. Para personas de EE. UU., vea reportes tributarios en EE. UU. por un inmueble en Colombia. Vea residencia fiscal e ingresos del exterior para saber cómo trata Colombia los ingresos del exterior.
Hacerlo desde el exterior
El representante legal o el liquidador actúa por la sociedad. Un apoderado con poder puede hacer algunos pasos. El instructivo de la DIAN menciona al representante legal o al apoderado ya registrado en el RUT entre quienes pueden presentar la solicitud de cancelación (DIAN, IN-CAC-0004). La DIAN indica también lo siguiente sobre un poder especial dirigido a varias entidades o trámites: acepta copia física o digital si el solicitante manifiesta que el original se entregó en otro trámite (DIAN, preguntas frecuentes del RUT). Los detalles prácticos de firmar, apostillar y enviar un poder están en comprar desde el exterior con poder. Pregunte a quien actúe por usted qué pasos exigen firma presencial.
Lo que cuentan los residentes
Reportes de grupos de extranjeros en Colombia en Facebook, octubre de 2026. Son experiencias individuales, no cifras oficiales.
- Miembros de los grupos cuentan que dueños en el exterior de una SAS sin uso reciben notificaciones de ARL e ICA. Preguntan cómo cerrarla formalmente.
- Los miembros cuentan que las respuestas vinieron sobre todo de prestadores de servicios. Esos prestadores ofrecen hacer la limpieza a distancia. Los miembros cuentan que siempre aparece la misma lista: cámara de comercio, DIAN, oficina de impuestos de la ciudad y nómina o ARL.
- Los miembros cuentan que las notificaciones y las multas siguen llegando mientras la sociedad siga abierta.
- Algunos miembros desconfiaron de ofertas de venta de sociedades ya constituidas a precios altos y con plazos largos de creación. Dijeron que crear una sociedad es mucho más barato. Es una opinión. No pudimos confirmar ningún precio ni plazo.
Preguntas para hacer antes de empezar
- ¿Qué está realmente pendiente: declaraciones, registros municipales, cuentas de nómina, cuentas bancarias?
- ¿Quién es el representante legal inscrito? ¿Puede actuar, o primero hay que inscribir uno nuevo?
- ¿La sociedad tiene inmuebles, contratos o registros de inversión extranjera que requieren su propio paso de cierre?
- ¿Cuáles son las tarifas y las listas de documentos vigentes de la cámara y de la ciudad? ¿En qué orden piden los pasos?
- ¿Qué pasos exigen firma original o apostilla si las personas involucradas están en el exterior?
Para ver cómo encaja el resto de los trámites de una sociedad o un inmueble, haga el chequeo gratuito. Esta guía es información educativa, no asesoría legal ni tributaria. Para su propia sociedad, consulte a un abogado colombiano y a un contador público que atiendan liquidaciones de sociedades; encontrar servicios de confianza explica cómo evaluarlos.
Preguntas frecuentes
¿Cómo cierro una SAS en Colombia?
Use una liquidación voluntaria. Los accionistas deciden disolver la sociedad. Se inscribe un liquidador y se avisa a los acreedores. El liquidador paga las deudas. Se inscribe la cuenta final en la cámara de comercio. Después se cancelan el RUT (registro tributario) y los registros de impuestos de la ciudad.
¿Puedo disolver mi empresa colombiana desde el exterior?
Un apoderado con poder puede hacer algunos pasos. El instructivo de la DIAN permite que un apoderado registrado en el RUT presente la cancelación del RUT. Pregunte a la cámara, la DIAN y la ciudad qué pasos exigen firma original o apostilla.
¿Qué pasa si dejo mi SAS inactiva?
Sigue registrada. La renovación anual de la matrícula y las obligaciones tributarias continúan. Una sociedad que no renueva su matrícula en cinco años queda por ley disuelta y en liquidación. Alguien igual tiene que hacer la liquidación.
¿Qué es el ICA en las notificaciones de mi SAS?
Normalmente es el impuesto de industria y comercio municipal. La ciudad lo fija y lo cobra. La autoridad tributaria nacional no. Cada ciudad tiene su propio proceso para cerrar el registro.
¿Puedo cancelar el RUT si la sociedad todavía debe impuestos?
La DIAN revisa que la sociedad haya cumplido todas las obligaciones que administra antes de cancelar el RUT. Su instructivo indica que el solicitante debe pagar las obligaciones fiscales e inhabilitar los números de facturas no usados antes de pedirlo.
¿Tiene un inmueble en Colombia o piensa comprar? El Kit del Propietario en Colombia (US$79) reúne las fechas, los documentos y las preguntas de un propietario. Ver qué incluye.